Relativo al Sr. A.O.H.A Vs. Dinamarca por la violación de los artículos 6, 7 y 13 (o 14) del PDCP.
El autor vivía en Mogadishu, Somalia, y debido a un conflicto con otro clan y con Al-Shabaab, se vio obligado a huir de Somalia en 2011. El tío del solicitante había estado en Mogadishu porque pensó que ahora había paz, pero su tío fue asesinado. , y al solicitante le preocupa que le suceda lo mismo. Así, el solicitante entró en Dinamarca y solicitó asilo. Durante la audiencia de la junta, el presidente fue muy poco profesional. El autor trató desesperadamente de explicar sus puntos, pero el presidente lo atacó una y otra vez. En consecuencia, el autor estuvo más o menos conmocionado durante el resto de la audiencia, cuando se permitió nuevamente al abogado formular las preguntas preparadas. Si esto hubiera sido una investigación policial, puede haber sido una conducta profesional, pero como juez que está a cargo de tomar la decisión sobre si el autor debe vivir o morir, esto fue un comportamiento extremadamente poco profesional.
En consecuencia, inmediatamente después de la audiencia de la Junta, se presentó una queja por escrito al presidente de la Junta de Refugiados. El 19 y 31 de diciembre la Fiscalía solicitó respuesta a la denuncia. No fue sino hasta el 9 de enero de 2014 que se envió una respuesta y se le dio al Abogado un breve plazo para responder. El 14 de enero se remitió la respuesta y el 28 de enero el presidente tomó la decisión de que no pasaba nada. Además, el 3 de febrero, el presidente afirmó que el autor todavía tiene que salir del país. Por lo tanto, se envió una queja a PDCP.
En su reunión del 24 de marzo de 2022, el Comité de Derechos Humanos decidió suspender el examen de la comunicación núm. 2563/2015, por haberse perdido el contacto con el autor.
5. July 2023